Sener solicita exclusión de Ministros en Reforma Energética

Sener solicita exclusión de ministros de la SCJN en caso de Reforma Energética

En una sorprendente escalada de tensiones en el ámbito judicial, la Secretaría de Energía (Sener) ha presentado un recurso de recusación ante la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Este movimiento tiene como objetivo principal retrasar la discusión sobre los proyectos de revisión de amparo relacionados con la Ley de la Industria Eléctrica.

La controversia se enfoca en los ministros Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán, quienes forman parte de la Segunda Sala y enfrentan recusaciones debido a su presunta relación con Hugo Arriaga Becerra, abogado en uno de los más de 200 amparos presentados por empresas privadas contra la mencionada reforma.

Pérez Dayán es vocal del Consejo Directivo del Instituto Mexicano del Amparo, que preside Arriaga, mientras que Aguilar es miembro honorario del mismo instituto.

La Sener alega que estos ministros deberían ser impedidos para votar en el caso debido a esta relación, lo que ha llevado a un proceso de impedimento regido por el Artículo 51 de la Ley de Amparo.

Según expertos en derecho energético y amparo, esta táctica se considera una estrategia dilatoria destinada a posponer la discusión de la confirmación de los amparos contra la polémica Ley de la Industria Eléctrica.

Julia González, especialista en Derecho Energético, enfatiza que no se podrá votar sobre los proyectos en cuestión hasta que se resuelva el impedimento, lo que ha generado una pausa significativa en el proceso.

Sener: Decisión significativa en la resolución de los amparos contra Ley de la Industria Eléctrica

Además, si la Primera Sala de la Corte determina que los ministros recusados no pueden participar, la presidenta de la SCJN deberá designar a dos ministros de la Primera Sala para votar sobre los proyectos, ya que se requiere un mínimo de cuatro ministros en la Segunda Sala para sesionar.

El resultado de este proceso de impedimento tendrá implicaciones significativas en la resolución de los amparos presentados por empresas y asociaciones contra la Ley de la Industria Eléctrica.

Si se confirma la inconstitucionalidad de ciertas modificaciones con efectos generales, esto podría tener un impacto directo en los amparos pendientes y en la aplicación de la ley.

Por lo tanto, la decisión de la Corte en relación con estos amparos será crucial y establecerá un importante precedente para futuros casos relacionados con esta controvertida legislación.

Con información de Energía a Debate

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